PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas Frecuentes

JP Responde


  • - Esto es lo que debes hacer si eres víctima de un accidente de tránsito:

    1. Llama a las autoridades correspondientes para que hagan una construcción del croquis e informe de tránsito inicial. No permitas que se muevan los vehículos hasta que estas lleguen al lugar.
    2. Toma fotografías del lugar de los hechos.
    3. Habla con las personas que vieron el accidente y toma los datos correspondientes para que sirvan en un proceso posterior como testigos de los hechos.
    4.Pide el traslado a un centro médico.
    5. Solicita atención médica por medio del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito).
    6. No concilies. Es recomendable conciliar una vez tengas el reporte médico de tu estado físico y/o mental luego del accidente de tránsito. Hacer esta conciliación antes pondría fin a tus derechos.
    7. Solicita nuestra asesoría jurídica gratuita.

  • - Qué debo hacer si tengo un accidente de tránsito?

    Si se encuentra en condiciones de hacerlo, tome fotos de la posición de los vehículos desde todos los ángulos.
    - Apuntar los datos de los otros vehículos implicados (modelo, marca, placa).
    - Si los hay, tomar datos de los testigos (nombre, teléfono).
    - No firme ningún documento, no concilie en el lugar de los hechos.

  • - ¿Los otros ocupantes del vehículo o los peatones tienen derecho a ser indemnizados en caso de ocurrir un accidente de tránsito?

    Sí, siempre y cuando se pruebe la responsabilidad del vehículo asegurado, ya sea en materia penal o en materia civil. En materia penal del conductor del vehículo asegurado y en materia civil, los que están obligados a indemnizar frente al mismo. Lo importante en todos los casos es buscar el nexo causal, es decir, el que dio origen realmente al accidente de tránsito.

  • - Si tengo un accidente de tránsito y no tengo SOAT, licencia de conducción o se está bajo los efectos de alicoramiento, ¿ya perdí mi caso?

    No. Lo que realmente se revisa en todos los casos es el nexo causal del accidente, es decir, que se determina en quién recae la conducta antijurídica.

    Por ejemplo: El hecho de que una persona no tenga SOAT, licencia de conducción o esté bajo los efectos de alicoramiento, no lo hace responsable si es el otro vehículo el que omite una señal de pare o un semáforo en rojo. La responsabilidad es de quien omite dicha señal.

    Claro está que el hecho de que la persona conduzca bajo estas circunstancias, acarrea unas sanciones de carácter administrativo (comparendo) que tendrá que pagar, pero esto no significa que por este hecho se pierda el proceso

  • - ¿Los ingresos son lo único que se tiene en cuenta para reclamar una indemnización en caso de accidente de tránsito?

    No. Se tiene en cuenta también:

    - Daño emergente: Daños materiales del vehículo involucrado y todos los gastos en los que se incurra como consecuencia de dicho accidente.
    - Daño moral: El padecimiento o dolor de la persona afectada o víctima, como el padecimiento emocional de los familiares de la víctima o del lesionado.
    - Daño en vía de relación: Es el reconocimiento económico que pueden reclamar los familiares de la víctima en caso de fallecimiento en el accidente de tránsito, por el padecimiento emocional o dolor por la pérdida del ser querido en el accidente.

  • - Si soy pasajero de un vehículo de servicio público, ¿puedo ser indemnizado?

    Totalmente. El seguro de responsabilidad civil contractual debe afectarse para buscar el tema indemnizatorio, no es simplemente llevar un documento a la entidad aseguradora, es probar la responsabilidad penal o civil dentro de un proceso jurídico, incluso frente a la misma aseguradora con base en todos los hechos, nexo causal, solicitando una indemnización integral por todos los daños y perjuicios causados.

  • - Si mi accidente se debe a un hueco en la vía, ¿puedo ser indemnizado?

    Sí puedes ser indemnizado. La responsabilidad del estado de las vías es del Estado, de los departamentos, de los municipios, dependiendo la vía a quien le pertenece o bajo quien está el cuidado de la misma. Por eso mismo al existir algún bache en la vía que afecte mi integridad al ocasionar un accidente de tránsito, la administración tiene la obligación de responder por tales derechos mediante reclamación vía administrativa a las entidades anteriormente referenciadas.